Bloggers al margen de la ley

bloggers al margen de la ley

Ser blogger es ese fantástico mundo de unicornios, hadas y fantasía, en el que tú te sientas a contar cuatro chorradas en tu bitácora, mientras las marcas relacionadas con tu temática empiezan a enviarte “regalos”, y te meten dinero en tu cuenta bancaria, o en la de PayPal, mientras vives a cuerpo de rey sin dar un palo al agua. Si sois bloggers profesionales ¿os suena la definición? Si sois bloggers por afición ¿creéis que los bloggers profesionales viven así de verdad? Si no tenéis blog ¡no lo abráis dejandoos llevar por este falso mito! Un blogger es un trabajador como otro cualquiera, con un lugar de trabajo peculiar, unos horarios flexibles pero eternos y unos deberes para con la administración pública, especialmente para nuestra adorable amiga Hacienda y su prima hermana la Seguridad Social. ¡Hala! Se murió el unicornio y se nos cayó el mito. Es cierto que al ser freelance, cobrar muchas veces en especie y ser en ocasiones una actividad complementaria a otros trabajos o un mero hobby que de repente empezamos a rentabilizar, la situación legal de un blogger es algo difusa. Bueno, en realidad no es que lo sea, es que la gente no quiere darse por enterada. Pero toda transacción de dinero a cambio de un trabajo, o de productos que salen de su empresa para llegar a un destinatario, todo está gravado con sus correspondientes impuestos. Ser blogger ya no mola tanto ¿eh? Yo no soy experta en temas legales, pero desde que mi blog comenzó a dar esos inesperados frutos ¡le temo más a una sanción que a una vara verde! Por eso os dejo algunas perlas de conocimiento que he adquirido durante este tiempo. Así, muy de andar por casa.

1. El cobro en especie. Aquí andamos todos aún en volandas. Si a tu casa llega una caja de cremas ¿quién se va a enterar? ¿Quién va a saber que no las has comprado tú en la farmacia o en el supermercado? El pago en especie depende mucho de la contabilidad que lleve cada empresa que te contacte. Algunas emiten una factura a precio 0 a nombre del blogger, de forma que el intercambio queda registrado y nadie debe nada a nadie. Pero eso de admitir productos como “regalos”… en fin, que a poco que Hacienda espabile se te acaba el chollo y deberás asumir el IVA de ese vaivén de artículos de los que estás dejando huella en tu blog y presumiendo en las redes sociales para envidia del personal.

2. El cobro en metálico. Si te han ofrecido tu primera colaboración mediante un abono de dinero en tu cuenta bancaria o de PayPal, si tienes programas de afiliación como Amazon, publicidad mediante banners como Adense, etc. ¡Ojito! Si tu blog tiene relación con tu trabajo habitual, aún podrás justificar estos ingresos de forma legal como rendimiento de tu trabajo, pagar tu IRPF correspondiente cuando llegue el momento de hacer la declaración de la renta y todos felices y dentro del margen de la ley. Pero como no justifiques estos ingresos, prepárate para la persecución de la Agencia Tributaria: pago de recargos por no haberlo declarado, de penalidades por tu mala fe al proceder con el ocultamiento… Incluso si los declaras como rendimientos del trabajo, puede que la ganancia no te beneficie, porque si lo consideran una fuente diferente de ingresos te aplican un porcentaje mayor de retención a todo lo que ganas en conjunto en tu vida laboral, por lo que puede salirte muy caro el experimento e incluso perder dinero.

3. ¿Alta en Hacienda, en la Seguridad Social o en los dos? Aquí hay un truco importante y es que el alta en la Seguridad Social como autónomo sólo es obligatorio si la actividad que realizas como blogger se considera habitual y continuada en el tiempo o si supera el salario mínimo interprofesional (algo más de 9.000 euros brutos al año). O sea: si sólo haces un post patrocinado de higos a brevas, olvídate del alta porque no te va a salir rentable. Pero si el negocio se normaliza y vas haciéndolos de forma habitual, insertas banners o pactas cualquier tipo de acuerdo remunerado ¡ha llegado el momento de hacerte autónomo! Y ojo, porque al principio las cuotas para nuevos autónomos son reducidas (54 euros los primeros 6 meses) y muy tentadoras, pero como no cambien las normas con el nuevo Gobierno de turno, la cuota íntegra mínima seguirá siendo de 260 euros mensuales una vez pasado el periodo de bonificación. Vamos, que o facturas mucho más de esos 260 euros o vas a trabajar como blogger sólo para pagar a la Seguridad Social. Que es algo muy solidario y digno de elogio para cooperar en el desarrollo de los servicios públicos de este país, pero seguro que no es lo que tenías en mente cuando vivías en ese mundo de unicornios y envidiabas a los bloggers profesionales. ¡Si es que la envidia nunca trae nada bueno! Pero aunque ganes una mínima cantidad como blogger, debes estar dado de alta en Hacienda para poder emitir facturas a título personal, con tu DNI. Esto es un trámite muy sencillo, gratuito y que mantendrá en situación legal todas esas colaboraciones que logres pactar. De lo que cobres, recuerda restar el IVA (21% de forma general o el que corresponda según vuestra actividad particular) y el IRPF (7% para nuevas personas dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y nuevos autónomos).

4. El gestor es tu amigo. La verdad es que la administración da poca información y andan bastante crípticos en este tema, por lo que quien te atienda en la ventanilla es muy probable que te sugiera que te busques un gestor para estos asuntos. Que son baratos, que te van a quitar quebraderos de cabeza. Pero ojo, porque el gestor puede estar igual de perdido que tú en temas de fiscalidad en el mundo 2.0 y si él mete la pata el responsable legal vas a ser tú. No vale eso de “es que me lo dijo mi gestor”. Tú asumirás las sanciones. Además, dependiendo del volumen de negocio que gestiones o de lo espabilado que seas con las cuentas, puede no salirte rentable este gasto.

Si queréis saber más, aquí os dejo un artículo bastante contundente. Y si os gusta saltaros la legalidad a la torera ¡suerte! Aunque sea un acto muy incívico por vuestra arte, si Hacienda no os pilla en 4 años vuestro delito habrá prescrito. ¿Os declaráis bloggers al margen de la ley? Tranquilos, no hace falta que confeséis en los comentarios.

11 comentarios en “Bloggers al margen de la ley

  1. Cuestión de madres

    Espero algún día tener que darme de alta y seguir dentro de la ley, eso significará que las cosas nos van medianamente bien 😉 por ahora, gracias por los consejos y… ¡¡¡gestora ya tengo!!! algo que he adelantado 😉

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    1. Lucía T.R. Autor

      Desde que me di de alta como autónoma no he dejado de tener esta sensación de ser la única tonta que paga religiosamente todo lo que se me pide y más. Y eso que en mi caso aún vivo medianamente desahogada con las cuotas reducidas para nuevos autónomos, pero cuando pase al tramo general ¡eso es un crimen para ingresos bajos! Y lo peor es que en este país lo de evadir impuestos es deporte y orgullo nacional, y señal de ser más listos que nadie. Así nos va.

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  2. Mamá de V

    ¡Y ya soy legal! O eso creo, porque fijo que algo estoy haciendo mal, pero sí, llegará el día, que podré dejar mi trabajo por cuenta ajena y vivir de los unicornios como todas vosotras, suertudas!

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    1. Lucía T.R. Autor

      ¡Es que ni en Hacienda lo saben! Yo no sé la de veces que tuve que ir hasta dar con alguien que entendió lo que hacía. Y después de sorprenderse de que con esto ganara dinero, y sobre todo de que lo quisiera declarar, me informó de que cualquier actividad online se rige por la misma legislación que si fuera realizada en el mundo real.

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